Ley 8092
PUERTO DE CONCEPCION DEL URUGUAY

Ley 8092

Zona franca en Concepción del Uruguay.

Bs. As., 30/9/1910;

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley:

Artículo 1° — Autorízase al Poder Ejecutivo para establecer una zona franca en el puerto de Concepción del Uruguay, igual a la creada en La Plata por Ley 5142.

Art.2° — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se harán de rentas generales, con imputación a la misma.

Art. 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a treinta de Septiembre de mil novecientos diez. — P. L. OLAECHEA Y ALCORTA. — B. Ocampo. Secretario del Senado. — E. CANTÓN. — Alejandro Sorondo. Secretario de la Cámara de Diputados.

 

 

 

 



Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).
Tipo Número/Año Texto Dependencia Fecha de
sanción
Fecha de publicación
Ley 5142 PUERTOS DE LA PLATA Y SANTA FE HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA 22/09/1907 -


Esta norma es modificada o complementada por 5 norma(s).
Tipo Número/Año Texto Dependencia Fecha de
sanción
Fecha de publicación
Ley 22415 SU APROBACION PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) 05/02/1981 23/03/1981
Decreto 1935/92 LEY 8092 - REGLAMENTACION PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) 21/10/1992 27/10/1992
Ley 24331 DISPOSICIONES GENERALES HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA 18/05/1994 17/06/1994
Resolución 2422/08 ZONA FRANCA - HABILITACION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 03/03/2008 07/03/2008
Nota Externa 1/08 TRANSACCIONES INTERNACIONALES - PRECIOS DE TRANSFERENCIA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 04/03/2008 07/03/2008