CONSIDERACIONES GENERALES
La Sección XI se refiere, en general, al conjunto de materias primas de la industria textil (seda, lana, algodón, fibras sintéticas o artificiales, etc.), productos semimanufacturados (por ejemplo: hilados y tejidos) y artículos confeccionados con ellos. Sin embargo, no comprende un cierto número de artículos y manufacturas, tales como los que se mencionan en la Nota 1 de la Sección XI, en diversas Notas de Capítulo y en las Notas Explicativas de las partidas de esta Sección. Así, no se consideran productos textiles de la Sección XI:
La Sección XI está dividida en dos partes. La primera agrupa los productos textiles según la materia constitutiva (Capítulos 50 a 55). La segunda (Capítulos 56 a 63) no establece distinción alguna, a nivel de partida (código numérico de cuatro cifras) entre las materias textiles con las que se obtienen los artículos comprendidos en ellas, excepto en las partidas 58.09y 59.02.
10,000 Número métrico |
= Decitex |
Tipo (*) | Características determinantes de la clasificación | Clasificación |
Armados con hilos de metal | en todos los casos | partida 56.07 |
Hilados metálicos | en todos los casos | partida 56.05 |
Hilados entorchados, excepto los de las partidas 51.10y 56.05, hilados de chenilla e hilados llamados de cadeneta | en todos los casos | partida 56.06 |
Hilados obtenidos por trenzado |
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partida 56.07 partida 58.08 |
Los demás:
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Capítulo 50 partida 56.07 |
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en todos los casos | Capítulo 51 |
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partida 56.07 Capítulo 53 Capítulo 53 partida 56.07 |
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partida 53.08 partida 56.07 |
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en todos los casos | partida 53.08 |
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Capítulos 52 o 53 partida 56.07 |
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Capítulos 54 o 55 partida 56.07 |
"Devanado paralelo" | "Devanado cruzado" |
Presentación | Tipo de hilado (**) | Condiciones requeridas para que el artículo se considere acondicionado para la venta al por menor |
Cartulinas, carretes, tubos y soportes similares (aspas, devanadoras, etc.) |
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Peso inferior o igual a 85 g (incluido el soporte) Peso inferior o igual a 125 g (incluido el soporte) |
Bolas, ovillos, madejas o cadejos |
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Peso inferior o igual a 85 g Peso inferior o igual a 125 g Peso inferior o igual a 500 g |
Madejas subdivididas con uno o varios hilos divisores, madejitas o cadejos independientes unos de otros (***) |
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Cada cadejo de peso uniforme igual o inferior a 85 g Cada madejita de peso uniforme igual o inferior a 125 g |
Notas.