Régimen que ampara el reingreso de mercaderías que previamente fueron exportadas en forma definitiva.
RECAUDACIÓN
Actividad desarrollada por la AFIP, que consiste en la percepción de las sumas que deben los contribuyentes en concepto de impuestos, y como consecuencia de la aplicación de las diferentes figuras tributarias vigentes en el país.
RECTIFICATIVA
Presentación que se efectúa para corregir datos de una declaración jurada presentada anteriormente.
RÉGIMEN DE ADUANA EN FACTORÍA (RAF)
Régimen que permite a los establecimientos industriales radicados en el país ingresar mercaderías de origen extranjero, quedando bajo un régimen similar al de depósito de almacenamiento, con la salvedad que el RAF admite la transformación de la mercadería. Hasta tanto no se formalice la operación comercial que defina el destino dado a dicha mercadería, no se generan las obligaciones tributarias. La destinación suspensiva que admite el RAF, concluye con la exportación definitiva con transformación, reexportación sin transformación o importación para consumo de las mercaderías ingresadas.
REINTEGRO
Restitución total o parcial de los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos interiores por la mercadería que se exportare para consumo a título oneroso, o bien por los servicios que se hubieren prestado con relación a la mencionada mercadería.
RESOLUCIÓN
Acto por el cual AFIP se pronuncia sobre una situación planteada.
RESPONSABLE
Sujeto obligado a ingresar el tributo, en virtud de una disposición legal. También se lo denomina sujeto pasivo de la obligación tributaria.
RETENCIÓN
Conservar o retener en su poder una parte del importe que deba abonar.