GLOSARIO

Encuentra en esta sección las definiciones más importantes del mundo del comercio exterior y logística aduanera.

  
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PAÍS DE ORIGEN

Lugar en el que la mercadería objeto de importación o de exportación, hubiera nacido y sido criada, extraída, manufacturada, transformada, perfeccionada o fabricada.

PAÍS DE PROCEDENCIA

Lugar del cual se expidió la mercadería con destino final al de importación.

PASOS FRONTERIZOS

Lugar geográfico ubicado en el límite político internacional por donde es posible el tránsito de entrada y salida terrestre del país.

PERCEPCIÓN

Obtener o cobrar, además de sus propias acreencias, el tributo correspondiente.

PERCIBIDO

Es el reconocimiento y registro de un ingreso o un gasto cuando se desembolsa o cobra, es decir, al momento en que un derecho u obligación se concreta.

PERMISIONARIOS DE DEPÓSITOS FISCALES

El/los permisionario/s de los depósitos fiscales son los únicos habilitados para la administración y explotación del lugar autorizado, pudiendo contratar los servicios necesarios a tal efecto. Cuando los permisionarios son personas de existencia ideal, el objeto social de las mismas deberá involucrar el desempeño de la actividad comercial del depositario, cuando se trate de depósitos generales. Las condiciones en las cuales son almacenadas las mercaderías en los depósitos habilitados, deben ajustarse a lo establecido expresamente por la autoridad municipal o equivalente en la constancia de habilitación que extienda a tal efecto.

PERMISIONARIOS DE SERVICIOS POSTALES (PSP) / COURIER

El Tráfico Postal Internacional y los Correos Rápidos operan bajo el régimen particular por el que se realiza la importación o exportación a consumo de los envíos o paquetes postales cuyo valor CIF (abreviatura del inglés “Cost Insurance and Freight” o “costo, seguro y flete”) o FOB (abreviatura del inglés “Free on Board” o “libre a bordo”) no exceda el límite que se establece en el reglamento de la ley. Transportados por cualquier clase de correo, incluidos los denominados correos rápidos, estos envíos se despachan por la Aduana mediante formalidades simplificadas.

PERMISO DE EMBARQUE O SOLICITUD DE DESTINACIÓN DE EXPORTACIÓN

Es el documento a través del cual se formaliza la destinación de exportación por escrito en soporte papel y por escrito a través del Sistema Informático establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, verbalmente o mediante simple presentación de los efectos cuando se tratare de regímenes especiales, ante el Servicio Aduanero, donde se declara el tipo de mercadería, las posición arancelaria, el valor, etc.

PERSONA FÍSICA/HUMANA

Persona de existencia visible. Todo ente que presente signos característicos de humanidad. Individuo identificado con su nombre y apellido, titular de derechos y obligaciones.

PERSONA JURÍDICA

También denominada “persona de existencia ideal”, se trata de todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones, que no son personas de existencia visible. También denominada persona de existencia ideal. Asociación de varias personas físicas y/o sociedades en un organismo o nueva sociedad, identificada mediante una razón social con capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones civiles y comerciales.

PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)

El código “PIN” es la sigla en inglés de “Personal Identification Key” que se traducen como “Número de Identificación Personal” y se trata de una contraseña o clave numérica que se utiliza para verificar la identidad de un cliente para realizar transacciones electrónicas.

PLAZO

Lapso en el cual se deben presentar descargos, cumplir obligaciones o pagar deudas.

PRESCRIPCIÓN

Concepto que consiste en la extinción de una obligación debido al tiempo transcurrido. Consecuentemente, en la pérdida del derecho por parte de la Administración para exigir un tributo.

PROHIBICIONES ABSOLUTAS

Son aquéllas que impiden a todas las personas la importación o la exportación de una mercadería determinada.

PROHIBICIONES ECONÓMICAS

Son aquéllas que se establecen con el fin de asegurar el trabajo nacional, ejecutar política monetaria, cambiaría o de comercio exterior, proteger actividades nacionales, estabilizar precios internos, etc.

PROHIBICIONES NO ECONÓMICAS

Son aquéllas que se establecen por razones de seguridad o defensa nacional, política internacional, moral pública y buenas costumbres, salud pública, política alimentaria o sanidad animal o vegetal, protección del patrimonio artístico, histórico, arqueológico o científico, conservación y preservación de las especies animales o vegetales y del ambiente.

PROHIBICIONES RELATIVAS

Son aquéllas que prevén excepciones a favor de una o varias personas.

PRÓRROGA

Postergación de la fecha de pago de una obligación tributaria con carácter general por la administración tributaria.